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Hombre demanda a la CCSS por acceso indebido a su expediente médico en EDUS

Posted on marzo 13, 2026

El denunciante asegura que su expareja, funcionaria de la institución, ingresó sin autorización a su historial clínico y utilizó información de salud en un proceso ante el PANI relacionado con la custodia de su hija.

Un hombre cuya identidad se mantiene en reserva presentó una demanda contra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ante el Tribunal Contencioso Administrativo, al denunciar que su expareja, quien laboraba como auxiliar de enfermería en la institución, ingresó sin autorización a su expediente médico en el sistema EDUS durante la madrugada del 28 de enero de 2025.

Según la denuncia, el acceso habría ocurrido en tres ocasiones —a las 1:51 a.m. y entre las 1:52 a.m. y las 1:59 a.m.— mediante el Sistema Integrado del Expediente en Salud (SIES), y posteriormente la información habría sido utilizada en su contra en un proceso ante el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) relacionado con la custodia de su hija.

El denunciante, representado por el abogado Marco Sánchez, sostiene que la funcionaria no tenía relación médico-paciente con él ni contaba con autorización para revisar su expediente, además de que el ingreso se habría realizado de forma remota y fuera de un centro médico. De acuerdo con la demanda, la mujer acudió ese mismo día al PANI para declarar en el proceso de custodia y mencionó padecimientos y enfermedades que, según el demandante, solo podían haberse obtenido de su expediente clínico.

En la acción judicial, el afectado reclama ¢100 millones por daño moral, argumentando que la presunta filtración de su información médica influyó negativamente en procesos relacionados con su hija y deterioró su confianza en el sistema de salud público. También afirma que, a raíz de la situación, decidió suspender su atención médica en la CCSS y asumir gastos en servicios privados.

El documento presentado ante el tribunal sostiene que la divulgación de datos sensibles sobre su estado de salud le generó angustia, impotencia, frustración y temor, además de afectar su vida personal y familiar al limitar el contacto con su hija dentro de un proceso de régimen de visitas.

Por su parte, la CCSS reconoció que se registró un ingreso al expediente desde el usuario asignado a la funcionaria durante la madrugada del 28 de enero de 2025, aunque rechaza que exista evidencia de que se haya descargado o extraído información médica sensible para utilizarla en la denuncia ante el PANI.

La institución argumenta que el simple acceso al sistema EDUS muestra inicialmente datos que no se consideran sensibles, como nombre, edad, número de cédula y dirección, información que también puede consultarse en plataformas públicas como el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Además, sostiene que, debido a la relación sentimental previa entre el denunciante y la funcionaria, es posible que ella ya conociera sus padecimientos o medicamentos por convivencia, sin necesidad de acceder al expediente médico.

Sobre el reclamo de ¢100 millones, la CCSS solicitó al tribunal rechazar la indemnización al considerar que el daño moral alegado es subjetivo y basado en afirmaciones no comprobadas, y señaló que no se ha demostrado un nexo causal entre el acceso al sistema y los daños emocionales reclamados. La institución también pidió integrar formalmente a la funcionaria al proceso judicial para que explique su participación en los hechos y aclaró que la investigación administrativa preliminar no derivó en un proceso disciplinario, debido a que la trabajadora era interina y no tenía nombramientos activos en meses posteriores.

El caso ahora queda en manos del Tribunal Contencioso Administrativo, que deberá analizar la responsabilidad de la institución y determinar si existió o no un uso indebido del sistema de expediente digital de salud.

Merlyn Aguilar

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