Un criterio constitucional vigente desde 2013 establece que el Congreso debe elegir a los magistrados suplentes entre los candidatos propuestos por la Corte Suprema de Justicia y no puede rechazar ni devolver la lista

La Sala Constitucional estableció desde 2013 que la Asamblea Legislativa no tiene la facultad de devolver a la Corte Suprema de Justicia la nómina de candidatos para magistrados suplentes. Así lo recordó el magistrado de la Sala Segunda, Luis Porfirio Sánchez, durante una comparecencia ante la Comisión de Nombramientos del Congreso, en medio de la discusión sobre el proceso de elección de estos funcionarios.

Durante la audiencia, la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, consultó al magistrado si el Congreso debía continuar votando la nómina pese a la falta de consenso entre las fracciones. Sánchez respondió que no se trata de un criterio personal, sino de un precedente emitido por la Sala Constitucional que resulta de acatamiento obligatorio.

El magistrado explicó que, una vez recibida la nómina enviada por la Corte Suprema de Justicia, la Asamblea tiene el deber constitucional de elegir a los magistrados suplentes entre las personas propuestas, sin posibilidad de rechazar o devolver la lista.

El criterio se fundamenta en la interpretación del artículo 164 de la Constitución Política, que dispone que la Asamblea Legislativa debe nombrar al menos 25 magistrados suplentes de entre los 50 candidatos remitidos por la Corte Suprema de Justicia.

La resolución también establece que ambas instituciones cumplen funciones distintas dentro del proceso: la Corte selecciona y propone a los aspirantes, mientras que el Congreso tiene la responsabilidad exclusiva de realizar la designación entre esa nómina.

El debate resurgió luego de que la fracción oficialista impulsara, por segunda ocasión, la devolución de la lista de candidatos a la Corte Suprema. Sin embargo, el Poder Judicial ya había rechazado previamente esa posibilidad, indicando que corresponde a la Asamblea continuar con el procedimiento de votación.

Desde diciembre del año pasado, la Sala Constitucional continúa sin completar la integración de sus magistrados suplentes. Entre la legislatura anterior y la actual se han realizado 11 rondas de votación sin que se alcance un acuerdo para efectuar los nombramientos.