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Decreto de Laura Fernández endurece reglas para descuento de penas

Posted on mayo 14, 2026

El nuevo reglamento no cambia el año carcelario de 360 días, sino que limita cuáles actividades podrán reducir condenas

El decreto ejecutivo firmado por la presidenta Laura Fernández y el ministro de Justicia, Gabriel Aguilar, establece nuevas restricciones para que las personas privadas de libertad accedan al descuento de penas mediante trabajo penitenciario, aunque no modifica la duración del año carcelario como se aseguró inicialmente durante el acto de juramentación del pasado 8 de mayo.

La disposición fue publicada oficialmente en el Diario Oficial La Gaceta seis días después del anuncio realizado en el Estadio Nacional.

El reglamento establece que únicamente serán tomadas en cuenta para rebajar condenas las actividades consideradas como trabajo penitenciario ordinario, productivo, verificable y sujeto a jornada.

Además, el texto deja por fuera actividades educativas, recreativas, culturales, espirituales o terapéuticas, salvo que estén directamente relacionadas con capacitación laboral o procesos productivos autorizados.

El artículo 55 del Código Penal ya contempla desde hace años que por cada dos días trabajados se descuenta un día de prisión, siempre y cuando la persona privada de libertad haya cumplido al menos la mitad de su condena.

Pese a las declaraciones brindadas por Fernández durante la firma del decreto, el nuevo reglamento no crea el llamado año carcelario de 360 días, ya que esa disposición ya existe en la legislación costarricense.

Las declaraciones de la mandataria provocaron cuestionamientos de especialistas en derecho penal, quienes aseguraron que el supuesto “año carcelario de ocho meses” no existe dentro del marco jurídico nacional.

Posteriormente, el ministro Gabriel Aguilar aclaró que el objetivo del decreto no era modificar la duración del año penitenciario, sino endurecer las reglas administrativas para el otorgamiento de beneficios.

El nuevo reglamento ya entró en vigencia tras su publicación oficial y deberá ser aplicado por la Dirección General de Adaptación Social y la Oficina de Cómputo de Penas del Instituto Nacional de Criminología.

Merlyn Aguilar

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